Patricio Carey, cada día más complicado

Por Impulso

Patricio Carey solicitó a la justicia que archive la causa que lo tiene como imputado por la tenencia ilegal pero la jueza no hizo lugar a la petición.

Patricio Carey solicitó a la justicia que archive la causa que lo tiene como imputado por la tenencia ilegal de 174 DNI y la venta de dólares al narco Marcelo “Coto” Medrano, ocurrida en septiembre de 2020. La defensa del empresario se basó en el hecho de que pasados diez meses desde que la Unidad de Delitos Económicos convocó a la primera audiencia imputativa en su contra, no se han encontrado “elementos que le permitan llevar adelante a la Fiscalía acusación formal”. Sin embargo la jueza Melania Carrara no hizo lugar a la petición.

En septiembre de 2020 se dio el asesinato de Medrano, que había estado preso en una causa por narcotráfico, tenía vinculación con Los Monos y era uno de los líderes de la barra de Newell’s. Cuando los fiscales Edery y Schiappa Pietra dieron con su celular, encontraron que unas horas antes de morir había comprado casi 18 mil dólares en una financiera del centro. Se trataba de Cofyrco, que tenía a Carey como uno de sus socios. Al allanar unos meses más tarde las oficinas de Corrientes al 800, aparecieron otros datos que habilitaron el trabajo de la Unidad de Delitos Económicos.

Es que “Coto” no había tenido ingresos demostrables a lo largo de toda su vida y por eso el dinero que utilizó aquel día de su muerte puede haber provenido -según la teoría del fiscal Sebastián Narvaja- de la venta ilegal de estupefacientes. Fiscalía imputó a tres directores y un asesor financiero de la firma fueron imputados, además del intermediario que hizo de nexo con la operación con el narco. En este sentido, uno de los hallazgos fue una bolsa con casi 200 documentos de identidad que eran utilizados para comprar dólares en el mercado oficial sin que sus titulares lo supieran, ya que los habían denunciado como extraviados.

En este sentido, el texto presentado por la defensa de Carey indicó: “Respecto de los DNI, existe prueba objetiva que lo desliga de la conducta achacada, aludiendo a las pericias a los dispositivos telefónicos de Hernan Zapata y del mismo encartado, de lo que no surge vinculación alguna entre Patricio Carey y los 174 DNI secuestrados en el allanamiento realizado en oficinas de Cofyrco”.

Aunque para el fiscal Narvaja, había un rol clave que tenía Carey en la empresa más allá de lo que dijesen los papeles de composición societaria. Y desde ese lugar, le era imposible desconocer las irregularidades que descubrió el MPA cuando investigó el asesinato de Medrano, que involucraron a la financiera céntrica.

Otra de las acusaciones que realizó Narvaja estuvo vinculada con tablets que se sacaron de una oficina mientras los efectivos hacían el allanamiento. En las imágenes de las cámaras de seguridad de Cofyrco quedó registrado el momento en el que los dispositivos electrónicos que se sospecha podían tener información que no debía ser vista por los sabuesos del MPA, fueron retirados del lugar dentro de los pantalones de los imputados.

La jueza, tras los argumentos de la defensa y Fiscalía en el escrito, señaló para justificar la negativa al pedido de archivar la causa: “No han transmitido al Tribunal mérito convictivo suficiente para derivar en un estado de convencimiento en los terrenos de certeza negativa en cuanto a la dirección incriminante que transita la fiscalía según lo ha alegado, en ninguno de los puntos traídos a conocimiento y que formarían base para el dictado de archivo”.

Además, el mismo documento planteó que “en el sistema acusatorio intentar las vías mencionadas sin éxito en cuanto a la certeza que se reclama, siendo que la cuestión es susceptible de debate, puede llegar a interpretarse como posible distorsión del sistema haciendo entrometer al juez de la IPP en la tarea del fiscal”. Es que uno de los argumentos esgrimidos por la defensa de Carey era el de establecer valoración de los diferentes testigos que se aportaron hasta aquí en la investigación -muchos de ellos ex empleados de Cofyrco- ya que habría enemistades personales que motivaron la declaración. Para la jueza, esa es una decisión que debe darse en el marco de una audiencia de debate de un juicio.



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