Un fallo judicial prohibió el acceso a celulares a presos de Coronda tras un caso de extorsión a comercios

Por Impulso

La pareja amenazaba a comerciantes en nombre de “los Cantero”. En este marco, a ambos se les dictó la prisión preventiva por el máximo plazo, pero se busca que no sigan delinquiendo desde la cárcel. 

Los presos de la cárcel de Coronda no pueden ni podrán acceder a teléfonos celulares. Así lo ordenó el juez Nicolás Foppiani al servicio penitenciario luego de imputar este viernes a una pareja, acusada de cometer una serie de extorsiones contra comercios de la zona sur de Rosario

La pareja amenazaba a comerciantes en nombre de “los Cantero”. En este marco, a ambos se les dictó la prisión preventiva por el máximo plazo, pero se busca que no sigan delinquiendo desde la cárcel.  Las víctimas, comerciantes de Oroño entre Seguí y Uriburu, recibían mensajes de WhatsApp presuntamente a nombre de la banda narco y los amenazaban con balear los comercios.

Cabe destacar que la indicación del juez Foppiani vino a pedido del fiscal Pablo Socca, quien tiene a su cargo la investigación de una serie de denuncias sobre mensajes extorsivos. Socca hizo el pedido en la audiencia en la que se imputó a los dichos Brian Ezequiel F. y Carla María Belén P. durante este viernes.

En diálogo con este medio, Socca expresó: “Ya hubo resoluciones parecidas pero en la realidad no se cumplen porque hoy la única opción que tiene el director de la unidad de cumplir esa orden es meterlo en un buzón de castigo para siempre”.

“Lo bueno es que Foppiani personaliza la orden en el director de coronda. Si no cumple, sería pasible de ser denunciado por desobediencia o incumplimiento de deberes de funcionario público”, sumó.

En su resolución, Foppiani expresa: “Notificar personalmente al Director de la Unidad de Coronda que deberá tomar los recaudos necesarios para impedir que el señor B.E.F. en particular y los internos a su cuidado general accedan a la utilización de teléfonos celulares y cualquier otro medio de comunicación prohibido por la reglamentación carcelaria, bajo los apercibimientos de ley. Debiéndose acompañar constancia de la notificación requerida”.



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