Oficializan cómo van a delimitar al “personal estratégico” del Estado que recibirá la vacuna

Por Impulso

El procedimiento desarrollado por el Gobierno nacional busca transparentar el proceso de vacunación.

El Gobierno nacional definió el procedimiento legal para “transparentar” el proceso de vacunación contra el coronavirus al personal estratégico en los tres ámbitos del Estado y, en ese marco, resolvió que los involucrados “deberán especificar los alcances de su función, el grado de exposición y el riesgo que implica su desempeño” al solicitar autorización para ser inmunizado.

La ministra de Salud, Carla Vizzotti, firmó la Resolución 2021 -publicada después en el Boletín Oficial- que reglamenta ese sistema con el fin de “transparentar” el proceso de vacunación al “personal estratégico” en los tres ámbitos del Estado, nombre con el que técnicamente se define al personal del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial que se considera que debe tener prioridad para recibirla.

Vizzotti resolvió para ello crear un observatorio para “monitorear” el cumplimiento y “emitir recomendaciones” en tal sentido, para avanzar en la “transparencia” de todo el proceso de vacunación, e invitó a todas las jurisdicciones del país a hacer lo mismo.

REGLAS CLARAS

La resolución establece que “se convocará para su integración a organismos externos de relevancia sanitaria y/o académica” y establece que las personas consideradas personal estratégico “deberán especificar los alcances de su función, el grado de exposición y el riesgo que implica su desempeño“.

Además, determina que el trámite para contar con la anuencia para acceder a la vacunación Covid-19 se iniciará con la “remisión a través del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) de una nota con la información firmada conjuntamente entre el solicitante de la vacuna y una autoridad con rango no menor a subsecretario o subsecretaria o su equivalente del organismo.

Ese pedido debe ser remitido al usuario GDE del Titular de la Unidad Gabinete de Asesores del Ministerio de Salud de la Nación, que es el área que se encargará de aprobar o no el pedido.

LOS PORQUÉ DE LA NORMA

En los fundamentos, la norma señala que el plan de vacunación establece “criterios de priorización de personas a vacunar, los cuales se definen conforme los riesgos de exposición al virus SARS-CoV2 y la función estratégica, para asegurar el desarrollo de actividades prioritarias, como así también disminuir el riesgo de enfermedad graves“.

Recuerda que el “consenso” arribado días atrás por la Comisión Nacional de Inmunizaciones (Conain) “propone la vacunación escalonada de acuerdo a la disponibilidad del insumo, considerando población priorizada a los adultos y las adultas mayores de 60 años, personal de salud, personal estratégico y grupos de riesgo“.

En sintonía, apunta que “es sustancial lograr la trazabilidad del proceso para contar con datos en tiempo y forma útiles para monitorear la estrategia de vacunación, evitar errores programáticos, realizar el seguimiento en cuanto a su utilización, permitir la búsqueda activa de personas pertenecientes a la población objetivo que deban iniciar o completar el esquema y proveer información de calidad para el seguimiento de los eventos supuestamente atribuidos a vacunas e inmunizaciones (ESAVI) y los eventos adversos de interés especial (EAIE)” .

Determina al respecto que, “para ello, es necesario fortalecer los mecanismos de monitoreo de la vacunación tanto a nivel central como en las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su calidad de responsables de la distribución y aplicación de las vacunas dentro de sus jurisdicciones, a fin de garantizar que se lleve a cabo conforme lo planificado y cumpliendo los criterios sanitarios previstos“.

Télam

Tags: Gobierno monitoreo personal estrategico vacunación vacunas



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