Este lunes vence el plazo para recategorizar el *monotributo*

Por Impulso

La Afip informó que el contribuyente estará correctamente categorizado cuando se encuadre en la categoría que corresponda al mayor valor de sus parámetros: ingresos brutos, magnitudes físicas o alquileres devengados

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) recordó a los contribuyentes inscriptos dentro del Régimen Simplificado (Monotributo) que este lunes vence el plazo para la segunda recategorización anual.

En un comunicado, el organismo informó que quedan obligados a efectuar el trámite aquellos monotributistas que hayan sufrido modificaciones en sus ingresos o en alguno de los otros parámetros a tener en cuenta al momento de la categorización como: ingresos brutos devengados y energía eléctrica -consumida en los doce meses inmediatos anteriores-, alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad hasta el último día del cuatrimestre (30/4/2013).

El contribuyente estará correctamente categorizado cuando se encuadre en la categoría que corresponda al mayor valor de sus parámetros: ingresos brutos, magnitudes físicas o alquileres devengados.

Asimismo, si no ha transcurrido un cuatrimestre calendario completo desde el mes de inicio de actividad, inclusive, hasta la fecha de recategorización, no están obligados a cumplir con la recategorización.

El trámite se realiza a través de www.afip.gov.ar utilizando su clave fiscal ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario / Monotributo / Recategorización”.

En tanto, los contribuyentes que no hayan tenido modificaciones pueden permanecer en la misma categoría abonando el importe que corresponda a la misma.

Las obligaciones de pago resultantes de la nueva categorización deberán abonarse a partir del mes siguiente al cambio.

Imágenes: Cortesía Wikipedia



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