El Senado aprobó por unanimidad una ley que incorpora en la normativa de género el acoso callejero “como modalidad de violencia a la mujer”, aunque no fija sanciones para esa conducta.
Con 50 votos a favor, la Cámara alta sancionó con fuerza de ley una modificación a la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres que incorpora la figura del acoso callejero como “conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual”.
Así se considerará “violencia contra las mujeres en el espacio pública” a cualquier expresión de ese tipo que “afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo”.
La iniciativa incorpora esta figura al artículo de la ley referido a la línea telefónica gratuita destinada a “dar contención, información y brindar asesoramiento” y también al que señala que se debe “instar a las fuerzas policiales y de seguridad a actuar en protección de las mujeres” cuando ocurra “en el espacio público o de acceso público”.
La ley aprobada sólo incorpora la figura de acoso callejero a la normativa vigente, sin establecer ningún tipo de sanción diferenciada para esos casos.