La entidad tiene por objetivo financiar el desarrollo económico, social y ambiental de los países miembros de Unasur
El Poder Ejecutivo promulgó por Decreto 1553/2011 publicado este martes en el Boletín Oficial, la Ley Nº 26.701 que aprueba el Convenio Constitutivo del Banco del Sur, suscripto en Porlamar, Venezuela, el 26 de septiembre de 2009.
La ley fue sancionada el 7 de septiembre de 2011 por el Congreso, y el decreto de promulgación lleva la firma de la presidente Cristina Fernández de Kirchner, el Jefe de Gabinete, Aníbal Fernández y el canciller Héctor Timerman.
El convenio expresa que bajo la denominación de “Banco del Sur” se constituye una entidad financiera de derecho público internacional, con personería jurídica propia.
El banco tendrá su sede en la ciudad de Caracas, Venezuela, una subsede en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, y otra subsede en La Paz, Bolivia. Podrá establecer las dependencias que fueran necesarias para el desarrollo de sus funciones.
Tiene por objeto financiar el desarrollo económico, social y ambiental de los “países miembros” de Unasur, en forma equilibrada y estable haciendo uso del ahorro intra y extra regional; fortalecer la integración; reducir las asimetrías y promover la equitativa distribución de las inversiones entre los Países Miembros.
El banco prestará asistencia crediticia únicamente en los países miembros para la ejecución de proyectos en el ámbito territorial de Unasur
En el capítulo sobre el capital del banco se expresa que el monto del capital autorizado asciende a la cantidad de veinte mil millones de dólares estadounidenses, represetado por veinte milacciones ordinarias, nominativas con valor nominal de un millón de dólares cada una. El capital suscrito del banco es de siete mil millones de dólares.
Imágenes: NULL