Recientemente el juzgado que interviene en uno de los expedientes por el conflicto societario de la firma Genaro y Andrés De Stefano S.A. amenazó con imponer multas diarias al directorio de la empresa, por entender que continúa ocultando información del giro societario. Ya habían sido intimados.
El pasado 21 de mayo, el Juzgado Nacional Comercial Nº 7 advirtió a la sociedad con sede en Ciudadela que impondría una multa diaria de $ 500.000 contra la compañía DE STEFANO 1913, la empresa más grande de mármoles y granitos del país y comercializadora de productos como PURASTONE, NEOLITH, JOHNSON ACEROS, TOTO, y PITT COOKING.
Según entendió, los directores continúan sin dar respuesta a los múltiples requerimientos de información presentados por los accionistas, y ordenados por el propio tribunal.
En efecto, en la reciente resolución, el juez interviniente hizo suyos los argumentos de los actores, accionistas minoritarios que litigan contra la familia De Stefano por falta de transparencia y utilizar la empresa en beneficio propio en contra del interés social.
Así, advirtió que la empresa le continúa retaceando información del giro del negocio, como ser listado de proveedores de la sociedad y acuerdos comerciales con éstos, dado que se detectó que algunos de ellos resultan ser otras empresas conformadas por los propios directores.
En este sentido, entre otras, el tribunal entendió que “En efecto, no se han identificado los acreedores como les fue solicitado en el inciso c) del apartado primero. Tampoco se enumeraron por nombre o razón social los proveedores que se solicitaron en el inc. d) del mismo apartado. Y finalmente, es claro que la simple manifestación de que las ventas a los accionistas para usos comerciales se regirían por ‘acuerdo comercial’ no satisface el requerimiento del apartado quinto.”
En base a ello, resolvió que corresponde “intimar a Genaro y Andrés de Stefano S.A. para que en el término de cinco días subsane las deficiencias apuntadas, bajo apercibimiento de fijar sanciones conminatorias que habrán de fijarse inicialmente en la suma de $ 500.000 diarios.”
La intimación dispuesta implica que de continuar ocultando la información al juez de la causa, se comenzará a aplicar una multa de 500.000 por cada día que pase, hasta tanto la compañía cumpla y entregue la información que los demandantes vienen pidiendo desde hace tiempo en el marco de la demanda iniciada.
Según se informó desde este medio, la intimación originalmente dictada por el magistrado interviniente ordenaba al Directorio de la compañía (conformado por Pablo De Stefano, Diego De Stefano, Santiago De Stefano, Eduardo Rubio Domínguez, e inicialmente también por Javier De Stefano y Matías González Orcoyen) transparentar información relacionada con sueldos y otros beneficios de los Directores, quienes cobran salarios como empleados y también perciben “honorarios” que en la práctica, según manifiestan los demandantes, son dividendos encubiertos.
Así, en el ejercicio anterior y según lo que consta en la demanda del expediente principal, la maniobra implementada por los Directores consistiría en “disfrazar” la mayor parte de las utilidades como remuneración a los Directores -también accionistas de la sociedad-, quedando luego muy poco para repartir con los accionistas en concepto de dividendos reales.
La jueza interviniente en esa otra causa puso advirtió que los Directores de la sociedad (en ese entonces Pablo De Stefano, Diego De Stefano, Javier De Stefano y Matías González Orcoyen) percibieron, en conjunto y solamente como honorarios por el año 2023, la suma de casi USD 800.000.
Para peor, por el año 2024 se decidió no repartir dividendos a los accionistas, alegando un mal ejercicio. Sin embargo, lo llamativo fue que los directores siguieron percibiendo sus cuantiosos “honorarios” a pesar de la falta de dividendos para los minoritarios, lo que evidenciaría la estrategia de encubrimiento. Pero es sería parte de una demanda distinta.