Se promulgó la ley del registro *No Llame*

Los clientes de las compañías telefónicas podrán dejar asentada su decisión de no recibir, en sus teléfonos fijos o celulares, llamadas de publicidad

El Poder Ejecutivo Nacional promulgó este martes la ley que crea el registro nacional "No llame", mediante el cual los clientes de las compañí­as telefónicas podrán dejar asentada su decisión de no recibir en sus teléfonos fijos y celulares llamadas y mensajes de texto con publicidades y ofertas no solicitadas.

La norma, sancionada el 2 de julio por la Cámara de Diputados, fue publicada en el Boletí­n Oficial a través del decreto 1.233, y partir de ahora el Ejecutivo tendrá 90 días para reglamentarla.

El registro nacional "No Llame" contempla a "toda persona física o jurídica titular o usuario autorizado del servicio de telefoní­a en cualquiera de sus modalidades que manifieste su voluntad de no ser contactada por quien publicitare, ofertare, vendiere o regalare bienes o servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artí­culo 27 de la ley 25.326", indica el texto aprobado por el Congreso.

Tanto la inscripción como la baja del mismo será "gratuita y debe ser implementada por medios eficaces y sencillos". "La baja sólo puede ser solicitada por el titular o usuario en cualquier momento y tendrá efectos inmediatos", aclara la norma.

Las empresas que publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios "no podrán dirigirse a ninguno de los inscriptos en el Registro Nacional `No Llame` y deberán consultar las inscripciones y bajas producidas en el citado registro con una periodicidad de treinta (30) dí­as corridos a partir de su implementación".

Quedan exceptuados de la normativa las campañas de bien público; las llamadas de emergencia para garantizar la salud y seguridad de la población; las campañas electorales; y las llamadas de quienes tienen una relación contractual vigente, siempre que se refieran al objeto estricto del ví­nculo y sean realizadas en forma y horario razonables y de acuerdo a la reglamentación.