Promulgaron la Ley que penaliza el *acoso sexual a través de Internet: grooming*

Se establecieron penas de seis meses a cuatro años de prisión

El Poder Ejecutivo promulgó este miércoles, con su publicación en el Boletín Oficial, la ley que incorpora al Código Penal el delito de acoso sexual por Internet a menores de edad, por el cual se establecen penas de seis meses a cuatro años de prisión, sancionada en noviembre por el Congreso.

De esta forma, se incorpora el delito conocido como "grooming" o "ciberacoso”.

La norma 26.904 fue sancionada el 13 de noviembre pasado por el Senado y este miércoles quedó promulgada con la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 2036/2013, firmado por la presidente Cristina Fernández de Kirchner, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak.

La ley incorpora como artículo 131 del Código Penal el siguiente texto: "Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma".