El Poder Ejecutivo promulgó este miércoles, con su publicación en el Boletín Oficial, la ley que incorpora al Código Penal el delito de acoso sexual por Internet a menores de edad, por el cual se establecen penas de seis meses a cuatro años de prisión, sancionada en noviembre por el Congreso.
De esta forma, se incorpora el delito conocido como "grooming" o "ciberacoso”.
La norma 26.904 fue sancionada el 13 de noviembre pasado por el Senado y este miércoles quedó promulgada con la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 2036/2013, firmado por la presidente Cristina Fernández de Kirchner, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak.
La ley incorpora como artículo 131 del Código Penal el siguiente texto: "Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma".