Los argentinos que residen fuera del país podrán votar por correo

Un decreto publicado en el Boletín Oficial prevé modificaciones en la ley que reglamenta el voto de los electores que viven en el exterior

Este lunes fue publicado en el Boletín Oficial el decreto 45/2019, que dispone diversos cambios en la ley que estipula el procedimiento mediante el cual votan los argentinos residentes en el exterior. Una de las novedades es que éstos podrán ejercer el voto por correo.

En la ley 24.007 fueron incorporados seis nuevos capítulos que reglamentan el voto postal, el envío y la recepción de sobres, la calificación de los votos, el escrutinio y la fiscalización de la elección.

Dentro de las modificaciones se encuentra la posibilidad de que los argentinos que residen en otros países voten por correo. A continuación, el apartado de la ley y los requerimientos:

“Los argentinos residentes en el exterior podrán manifestar su voluntad de emitir el sufragio por correo postal, inscribiéndose personalmente en la representación diplomática o consular correspondiente a su domicilio o en el registro on-line que la Cámara Nacional Electoral habilite a tal fin, hasta noventa (90) días antes de la fecha de la elección en la República Argentina”.