La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reforzó sus facultades de control y fiscalización en materia de transacciones internacionales entre empresas de un mismo grupo económico a los fines de la determinación del impuesto a las Ganancias, destacó el organismo a través de un comunicado.
La resolución general 4717/2020 publicada en el Boletín Oficial, sobre precios de transferencia precisó y definió la información que deben presentar todas las compañías multinacionales para demostrar la correcta determinación de los precios y márgenes de ganancia, que resulten de las transacciones internacionales realizadas con firmas vinculadas.
La decisión de la AFIP da forma a una exigencia reglamentaria prevista desde fines de 2018, y está en línea con los estándares internacionales en materia de precios de transparencia.
Los requisitos de la normativa también alcanzan aquellas operaciones realizadas por las empresas con sociedades radicadas en jurisdicciones de baja o nula tributación, así como en aquellas jurisdicciones no cooperantes a los fines de la transparencia fiscal.
La resolución establece regímenes de información que deben cumplir todas las empresas multinacionales que operan en la Argentina.
La normativa introduce mecanismos novedosos para mejorar la fiscalización de las operaciones internacionales de bienes y servicios de valoración compleja como los intangibles, los gastos en concepto de marketing, publicidad y promoción; las reestructuraciones de negocios, algunas operaciones financieras y las actividades de investigación y desarrollo.
Las compañías deberán presentar la información requerida a partir mediados de junio, según se estableció.
La ley del impuesto a las Ganancias contempla la determinación de precios de transferencia y de operaciones internacionales para determinar la rentabilidad que surge de ellas.
Télam