* Compra de dólares: * ¿qué trámite habrá que hacer ante la Afip?

Desde este lunes rige una medida a través de la cual, las empresas o personas que compren la divisa deberán justificar para qué utilizarán esos dólares

Con el fin de evitar la fuga de capitales, desde este lunes regirá la Resolución 3.201 del Ministerio de Economía, que pone como requisito para la compra de dólares en el mercado oficial, la realización de un trámite online ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, a través del cuál el interesado justifique para qué aplicará las divisas y de dónde obtuvo los fondos para su adquisición.

De esta forma, la Afip convalida que las personas o empresas que adquieran divisas en el mercado cambiario tengan los fondos correspondientes para hacerlo.

La disposición establece que "el potencial adquirente podrá consultar en forma previa a la realización de la operación cambiaria el resultado de la evaluación sistémica que realizará la Afip desde su website".

La medida implica que la empresa o persona que vaya a un banco a comprar divisas le dirá al cajero su CUIT o CUIL, y éste de inmediato, a través de la red informática del banco, consultará con la Afip.

El organismo fiscalizador, por su parte, responderá también por vía informática al banco si el interesado -en base a su rango de ingreso y declaración impositiva- está en condiciones de adquirir dólares u otro tipo de divisa.

"En caso de detectarse inconsistencias alcanzadas por el régimen penal cambiario o vinculadas con el lavado de activos, esta Administración Federal efectuará las denuncias ante la instancia competente, coordinando las acciones que pudieran corresponde al caso", señaló un comunicado de la Afip.

"Hemos detectado más de un centenar de CUIT y CUIL cuyos ingresos no se condicen con los dólares que quieren comprar. Por eso, desde el lunes, el que compre divisas extranjeras será automáticamente auditado por la Afip, la que avalará la compra", había anunciado este viernes el ministro de Economía, Amado Boudou durante un contacto mantenido con la prensa en la sede del Palacio de Hacienda.

"Esto no modifica los montos. Sólo verifica que la empresa o la persona tenga los fondos para hacer la compra. Lo que buscamos es que todas las operaciones se canalicen a través del mercado formal", dijo en esa oportunidad el funcionario.

Los que vayan a comprar divisas no tendrán que llevar ningún formulario impreso, ya que la verificación se realizará a través de la consulta online con el sistema informático de la AFIP, “el cual tiene sobrada capacidad” como para tramitar todas las solicitudes, según el titular del Palacio de Hacienda.

"La verdad es que hoy si uno está legalmente inscripto, puede comprar hasta dos millones de dólares mensuales. Hay gente que se está desayunando de que existe esta ley, y sólo tiene que explicar de dónde saca los fondos. Y si no, puede quedar ligado al lavado de dinero.Ésta esuna situación nueva, ya que del Estado bobo se está pasando al Estado coordinado. Parecería una pavada, pero no son los ‘coleros’ el tema, sino los que están detrás", dijo el titular de la Unidad de Información Financiera, Martín Sabatella.

Adicionales
El gobierno dictó la semana pasada dos medidas adicionales que buscan promover un mayor ingreso de divisas y, al mismo tiempo, profundizar la transparencia del mercado cambiario, especialmente en el segmento mayorista.

La primera de las normas aprobadas invita a los extranjeros a registrar sus ingresos en el mercado local de cambios a la hora de realizar una transacción que tenga que ver con la compra de una empresa o de un inmueble local.

La otra medida avanza en la fijación de nuevos requisitos para quienes compren más de US$ 250.000 al año. Estos deben mostrar que los fondos aplicados a la compra están justificados fiscal y patrimonialmente.

De este modo, las personas físicas deberán demostrar relación entre los activos financieros locales declarados, la venta de billetes en moneda extranjera y los bienes reales comprobables con esa declaración e ingresos percibidos durante ese mismo año.