La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 3756, oficializó este viernes el plan especial de facilidades de pago de hasta 10 años, dispuesto por el Gobierno Nacional, para quienes tengan deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social vencidas al 28 de febrero de este año.
El plan cuenta con un plazo máximo de 120 cuotas, una tasa de interés del 1,9% mensual y se puede adherir hasta el 31 de mayo inclusive. Los contribuyentes que ingresen al mismo deberán pagar el 7% del total de la deuda en la primera cuota.
Las deudas que entran en este régimen de facilidades son aquellas generadas por: IVA, Ganancias, Bienes Personales, aportes de seguridad social, contribuciones de seguridad social, multas aplicadas por la Aduana, cargos suplementarios por diferencias de valor o cantidades declaradas en operaciones de comercio exterior y planes de facilidades caducos al 31 de marzo de 2015.
Para ingresar, los contribuyentes deberán tener la misma cantidad de empleados declarados en relación de dependencia que el último día del año pasado y los vencimientos de marzo y abril de 2015 al día -con las declaraciones juradas presentadas y pagadas-. Quedan excluidos quienes estén denunciados por delitos previstos en el Código Aduanero o en la Ley Penal Tributaria.
Este plan de facilidades caducará si el contribuyente no paga una de las cuotas después de los 30 días de su vencimiento o si no paga en tiempo y en forma sus obligaciones corrientes vencidas con posterioridad al 28 de febrero de 2015.